PROCEDIMIENTO DE VERIFICACION DE LAS INSTALACIONES.
¿POR QUE SE DEBEN VERIFICAR LAS INSTALACIONES ELECTRICAS?
Articulo 33 fracción V y Articulo 40 de la Ley de la Industria Eléctrica, 112 de su reglamento y el Acuerdo que determina los lugares de concentración pública.
Procedimiento:
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1.- Solicitud de Verificación.
El solicitante de la verificación debe requerir a una UVIE la evaluación de la conformidad de la instalación eléctrica con la NOM.
2.- Contrato de prestacion de servicios.
Recibida la solicitud de verificación, la UVIE, de común acuerdo con el solicitante, debe establecer los términos y las condiciones de los trabajos
de verificación a través de un contrato de prestación de servicios.
3.- Revisión de información.
Una vez que la UVIE reciba la información de la instalación a verificar (formato de solicitud lleno), debe proceder a su revisión con objeto de
confirmar que dicha información es suficiente. en su defecto hará el requerimiento al solicitante de la verificación.
4.- Revisión del proyecto (ejecutivo y Físico).
Cuando en la revisión del proyecto eléctrico se encuentren no conformidades, la UVIE notificará al solicitante para que realice las acciones necesarias
para subsanar las no conformidades.
5.- Entrega de Dictámen de Verificación.
El dictámen de verificación será expedido por la UVIE sólo si ha constatado que la instalación eléctrica cumple con la NOM.
"Anexo C del PEC"